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"¿Hasta cuando se debe pagar la pensión de alimentos a los hijos? ¿Se extingue con la mayoría de edad?"

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  Hace unos días me llegaba a través del blog esta pregunta, que además me consta que es una duda muy común entre padres separados o divorciados con hijos a cargo, ¿se extingue la pensión de alimentos con la mayoría de edad? Tal y como ya he recogido en algún post sobre derecho de familia, el concepto de “pensión de alimentos” aparece recogido en el artículo 142 del Código Civil y se entiende “todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido, y asistencia médica. También la educación e instrucción del alimentista mientras sea menor de edad, y aún después, si no ha terminado su formación por causa que no le sea imputable.” Si bien es cierto que la pensión de alimentos no es eterna, su extinción no necesariamente va vinculada al cumplimiento de la mayoría de edad del hijo. En este sentido, la jurisprudencia afirma que el progenitor está obligado al pago de la pensión de alimentos hasta que el hijo mayor de edad es “independiente económicamente”. Dicho esto, e