El Tribunal Supremo revisará el próximo martes el indulto del conductor kamikaze. ¿Cómo se alzanza un indulto?


El próximo martes, el Tribunal Supremo revisará el indulto que el Gobierno concedió en diciembre de 2.012 a un conductor que causó un accidente al circular en sentido contrario en la autopista AP-7 en Valencia, en el que falleció un joven, y por el que se le había impuesto una pena de 13 años de prisión.

Pero antes de conocer cual será la decisión del Tribunal, y con el fin de poder entender mejor a todas las partes, es conveniente tener claro ¿qué es un indulto?, ¿quién lo concede?, ¿quién lo puede pedir?, ¿qué delitos se pueden indultar?, ¿qué efectos tiene?, etc.

El indulto es considerado una "medida o derecho de gracia" de carácter excepcional, recogido en el artículo 130.4º del Código Penal y que consiste en la remisión de todas (indulto total) o alguna (indulto parcial) de las penas a las que una persona ha sido condenada, con independencia de cual haya sido el delito que ha cometido, siempre que su sentencia sea firme y siempre que no cause un perjuicio a terceras personas o vulnere derechos de otros.

El principal efecto del indulto radica en la extinción de la responsabilidad penal, sin embargo en ningún caso comprenderá la responsabilidad civil derivada del delito ni las costas procesales, pero si se exime al indultado de las penas pecuniarias que le resten de satisfacer.

Para que pueda tener lugar un indulto, el Ministro de Justicia ha de recibir una solicitud, del interesado o de un tercero, junto a toda la información relativa a la causa, incluida la sentencia y toda la documentación que acredite la reinserción social, laboral y familiar del penado. El Ministro proponer ante el Consejo de Ministros a aquellas personas que por razones de justicia, equidad o interés social entiende que deberían de ser indultadas, para que el Gobierno delibere y acuerde que persona es merecedora de ésta medida, lo que se hace público mediante Real Decreto publicado en el BOE, para ser finalmente el Rey quien expide formalmente tal beneficio.


Por lo tanto, es una decisión que a pesar de tener que regirse por las razones anteriormente mencionadas, y tener que encontrarse ampliamente motivada, lo cierto es que en el fondo se trata de una decisión discrecional que tiene como finalidad, tal y como ha dicho el Tribunal Constitucional, "permitir compatibilizar las exigencias de la justicia formal con las de la justicia material del caso concreto"

Sin lugar a dudas, el indulto del conductor kamikaze ha provocado un gran revuelo, los propios miembros del Gobierno tienen opiniones contrarias sobre la conveniencia o no de esta decisión, así se desprende de las declaraciones del Ministro de Justicia y el de Interior, pero también han dado su opinión el presidente del Consejo General del Poder Judicial, Gonzalo Moliner, mostrando públicamente su disgusto o el entonces Presidente del Tribunal Constitucional, Pascual Salas, quién considera que esta institución ha de cambiar.

Por su parte, la familia del joven fallecido siempre ha mostrado su disconformidad con la decisión tomada por el Gobierno, movilizándose y recogiendo más de 45.000 firmas con las que se solicitaba la derogación del indulto. Ellos han sido lo que, indignados por la negativa del Gobierno a rectificar, recurrieron ante el Tribunal Supremo, agotando así las vías en nuestro país, y cuya decisión se conocerá en unos días.
La derogación del indulto supondría una decisión sin precedentes, y su negativa obligaría a la familia de la víctima a acudir al Tribunal Europeo para continuar con su lucha.

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