La decisión del TEDH sobre la "Doctrina Parot"


Tal y como estaba previsto, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo (TEDH) se ha pronunciado hoy sobre la denominada "Doctrina Parot", una decisión que ha tenido en vilo a víctimas, Gobierno y presos en los últimos meses. Finalmente el Tribunal ha derribado de una manera firme y contundente la aplicación de esta doctrina.

¿Qué es la Doctrina Parot?

La "doctrina Parot" nace en España en febrero de 2.006, cuando el Tribunal Supremo resuelve un recurso interpuesto por el etarra Henri Parot, que solicitaba acumular en una las veintiséis penas a las que había sido condenado, y que los beneficios penitenciarios, esto es, las reducciones de la pena por realizar trabajos, estudios, etc, se aplicaran al límite máximo de cumplimiento de 30 años de prisión.

Así, el alto tribunal crea un nuevo criterio de aplicación de las redenciones, al fijar que tenían que computarse los beneficios penitenciarios sobre el total de las penas que le fueron impuestas, y no sobre el tiempo máximo legal permitido de permanencia en prisión, lo que supone un alargamiento de la estancia en la cárcel.

Lo que se petendía en el fondo era evitar que los terroristas condenados conforme al Código Penal de 1973 por atentados cometidos entre 1977 y 1995, pudieran salir de prisión antes de cumplir la pena máxima de 30 años, gracias a los beneficios penitenciarios.

Posteriormente fue modificada por el Tribunal Constitucional en el año 2.008, quien sin entrar a valorar la constitucionalidad o no de la doctrina, analizó una treintena de casos para pronunciarse sobre su aplicación o no.

¿Como se ha llegado al Tribunal Europeo de Derechos Humanos?

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó a España en julio de 2.012 por aplicar la "doctrina Parot" con caracter retroactiva a la terrorista Inés del Río, condenada a más de 3.000 años de prisión por 23 asesinatos, afirmando que vulneraba dos artículos de la Convención Europea de Derechos Humanos de 1.950, el artículo 7 (derecho a no ser castigado con una pena mayor que la vigente cuando se cometió el delito) y el 5.1 (libertad y seguridad).

¿Cuál era y es la posición del Gobierno?

Ante esta situación, el Gobierno mostró su absoluto desacuerdo con la decisión del TEDH, y en marzo de este año recurrió la sentencia. En esta última semana ha expresado en reiteradas ocasiones su deseo de que la denominada "doctrina Parot" no fuera derogada, al ser considerada "justa, correcta y necesaria para luchar contra el terrorismo y otros crímenes".

Hoy, tras conocer la decisión del TEDH, miembros del Gobierno han manifestado que no se cambiará la política penitenciaria y que corresponde "exclusivamente" a la Audiencia Nacional establecer las "consecuencias prácticas" de la decisión del Tribunal Europeo.

¿Cuál ha sido la decisión del TEDH y qué consecuencias va a tener?

La Sentencia del TEDH conocida hoy es definitiva, y no cabe recurso contra ella, resuelve por unanimidad que España ha violado los artículos anteriormente mencionados al aplicar esta doctrina, e insta a nuestro país a liberar a la mayor brevedad posible a Inés del Río, quien ha cumplido 26 años y 2 meses en prisión, y le obliga además a indemnizarla con 30.000 euros por daños morales en un plazo de tres meses.

La anulación de la "doctrina Parot" supone según el Gobierno, la excarcelación de 61 presos miembros de ETA en un primer momento, y de cerca de 76 más posteriormente, además de una treintena de presos comunes que actualmente se encuentran en prisión condenados por delitos graves (violaciones, asesinatos, etc), entre los que se encuentran Miquel Ricart, condenado por el asesinato de las niñas de Alcasser, o Pedro Luis Gallego, conocido como el violador del ascensor.

Ahora la Audiencia Nacional revisará una por una las condenas de los presos que lo soliciten y a los que les afecte el fallo del TEDH, sin embargo no actuará de oficio sino que esperara que se produzcan las peticiones por su parte.

Desde este momento, Tribunal Supremo, Tribunal Constitucional y Audiencias Provinciales tendrán que tener en cuenta esta decisión a la hora de intervenir en los asuntos que se encuentran pendientes de resolver, ya que esta decisión vincula a España al tratarse de uno de los países firmantes del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
 
¿Estais de acuerdo con la decisión del TEDH?

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